Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 2
2 / 122En vigor desde 22 mar 2022
La regulación contenida en esta norma persigue potenciar el desarrollo de las mancomunidades, de los municipios y de las entidades locales menores de Extremadura con la finalidad primordial de garantizar los servicios básicos a su población, potenciando un desarrollo social y económico sostenible, equilibrado e igualitario de estos entes locales para alcanzar la cohesión social y la vertebración territorial, prestando especial atención a la lucha frente a la despoblación y al aprovechamiento sostenible de los recursos endógenos, posibilitando la igualdad efectiva de oportunidades y el libre ejercicio de los derechos de la ciudadanía en todo el territorio.
Se modifica por la disposición final 1 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo. Ref. BOE-A-2022-5853#df
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2010/12/22/17#art-2