Art. 52
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Educación primaria

Art. 52

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En vigor desde 25 ene 2008
1. La educación primaria es una etapa educativa que comprende seis cursos académicos, que se seguirán ordinariamente entre los seis y los doce años de edad. 2. Los objetivos de la educación primaria, su organización, los principios pedagógicos y la evaluación del alumnado se realizarán de conformidad con lo establecido en el Capítulo II del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
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