Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 27
27 / 43En vigor desde 30 ene 2007
El depósito legal de la Comunidad Autónoma gallega tiene por finalidad recopilar el material bibliográfico, gráfico, sonoro, audiovisual, electrónico o realizado en cualquier soporte editado en su territorio con fines de difusión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2006/12/27/17#art-27