Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 13.ª Información y publicidad
Art. 41
41 / 149En vigor desde 8 dic 2006
Las administraciones públicas de las Illes Balears, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán programas informativos y formativos destinados específicamente a las personas menores de edad, salvaguardando el derecho a la recepción de información veraz, plural y respetuosa con los principios constitucionales.
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Proeli/es-ib/l/2006/11/13/17#art-41