Art. 24
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 24

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En vigor desde 16 oct 2003
Los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales tienen los derechos y libertades sindicales de conformidad con las disposiciones del artículo 28 de la Constitución y la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical.
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eli/es-ct/l/2003/07/04/17#art-24