Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 12 abr 2003
El Gobierno dispondrá la dotación de los medios personales y materiales necesarios para el correcto desempeño de las funciones que esta Ley otorga al Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores, llevándose a cabo cuando procedan las modificaciones presupuestarias que sean oportunas.
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