Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 45En vigor desde 12 abr 2003
1. Es objeto de esta Ley la creación de una organización administrativa especial para las enseñanzas artísticas superiores en la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. A esos efectos, se entenderán por enseñanzas artísticas superiores las de Música, Danza, Arte Dramático, Artes Plásticas, Diseño y Conservación y Restauración de Bienes Culturales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo.
3. Esta Ley contiene los principios generales de organización y funcionamiento de los centros superiores de enseñanzas artísticas, entendiéndose por tales los que imparten enseñanzas tendentes a la obtención de los títulos correspondientes.
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Proeli/es-ar/l/2003/03/24/17#art-1