Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 12 abr 2003
1. Es objeto de esta Ley la creación de una organización administrativa especial para las enseñanzas artísticas superiores en la Comunidad Autónoma de Aragón. 2. A esos efectos, se entenderán por enseñanzas artísticas superiores las de Música, Danza, Arte Dramático, Artes Plásticas, Diseño y Conservación y Restauración de Bienes Culturales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo. 3. Esta Ley contiene los principios generales de organización y funcionamiento de los centros superiores de enseñanzas artísticas, entendiéndose por tales los que imparten enseñanzas tendentes a la obtención de los títulos correspondientes.
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