Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

103 / 103
En vigor desde 23 jul 2003
La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2003/04/10/17#disposicion-final-tercera