Capítulo CAPÍTULO III
Art. 12
12 / 27En vigor desde 25 dic 2002
1. La Junta de Castilla y León promoverá, en el ámbito de sus competencias, la introducción de conocimientos sobre investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica en todos los niveles de la enseñanza. Asimismo potenciará la transmisión de la cultura de la innovación entre los estudiantes y el personal docente, y para ello promoverá la utilización de nuevas tecnologías y contenidos en los programas educativos.
2. Asimismo, la Junta de Castilla y León potenciará la colaboración entre las Universidades y los centros de Enseñanza Secundaria, fomentando la participación del personal docente de dichos centros en proyectos de investigación desarrollados por las Universidades de Castilla y León.
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Proeli/es-cl/l/2002/12/19/17#art-12