Art. 10
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 10

10 / 27
En vigor desde 20 sept 2014
1. La gestión y ejecución de los programas de la Estrategia Regional de I + D + I corresponderá a los distintos órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León; a los Centros de Investigación dependientes de la misma; a las Universidades de Castilla y León; a los Centros Tecnológicos regionales; a los Centros de Investigación y a empresas e instituciones públicas y privadas de reconocida capacidad investigadora. 2. El órgano central al que se refiere el artículo 3.2 realizará una memoria anual que recoja todas las actuaciones realizadas en ejecución de la Estrategia, que someterá al conocimiento de la Comisión de Secretarios Generales. Dicha memoria será elevada a la Junta de Castilla y León, previo informe del Consejo Asesor. 3. La Junta de Castilla y León informará a las Cortes Regionales acerca del seguimiento y evaluación de la Estrategia, mediante el traslado de la Memoria anual correspondiente. Se modifica el apartado 2 por el .5 de la Ley 5/2014, de 11 de septiembre. Ref. BOE-A-2014-9959

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2002/12/19/17#art-10