Art. Disposición transitoria única
11 / 13En vigor desde 6 nov 2001
1. En los terrenos expropiados en el ámbito delimitado por esta Ley, en tanto no se haya aprobado el Proyecto Supramunicipal en ella previsto, el Consejero responsable en materia de obras públicas, urbanismo y transportes podrá autorizar la ejecución anticipada de obras de urbanización y la implantación anticipada de usos, permanentes o provisionales. Tales obras y usos deberán estar comprendidos entre los que justificaron la expropiación o, en otro caso, tendrá lugar su cese y la demolición de las construcciones o instalaciones correspondientes sin indemnización alguna.
2. El Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logística de Zaragoza deberá analizar la compatibilidad o incompatibilidad con sus determinaciones de las obras y los usos autorizados conforme a la presente disposición.
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Proeli/es-ar/l/2001/10/29/17#disposicion-transitoria-unica