Art. 2
2 / 13En vigor desde 6 nov 2001
1. El Gobierno de Aragón propiciará la colaboración con el Ayuntamiento de Zaragoza, la Administración General del Estado y otras entidades públicas y privadas interesadas en el proyecto de la Plataforma Logística de Zaragoza.
2. El Gobierno de Aragón podrá suscribir convenios de colaboración, en los que se concretarán las entidades instrumentales que puedan crearse, los acuerdos de colaboración financiera, las clases de aportaciones, sus cuantías económicas y la forma y plazos en que se harán efectivas, así como las restantes obligaciones y compromisos recíprocos que se consideren convenientes, entre los que se incluirá, en todo caso, la obligación de consignar el gasto preciso en los presupuestos correspondientes a los ejercicios en que haya de realizarse.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2001/10/29/17#art-2