Art. 31
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Art. 31

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En vigor desde 23 ene 2002
1. Los miembros electos del Pleno tomarán posesión de sus cargos en la sede de la Cámara Oficial de Comercio e Industria, en sesión celebrada al efecto bajo la presidencia del representante de la Administración tutelante dentro del mes siguiente al de su elección, de la que se dará cuenta inmediata a la Administración tutelante. En esta misma sesión, se elegirán y tomarán posesión los Vocales colaboradores mencionados en el artículo 15.1.b) de esta Ley. 2. Constituido el Pleno, se procederá por votación nominal y secreta a la elección de entre sus miembros del Presidente y del Comité Ejecutivo, por el siguiente orden: Vicepresidente primero y segundo, tesorero y tres Vocales.
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