Art. Disposición transitoria sexta

Art. Disposición transitoria sexta

18 / 39
En vigor desde 26 sept 2022
La regulación sobre la venta directa de bienes a través de la plataforma de liquidación a que se refiere el apartado 5 de la disposición adicional segunda entrará en vigor cuando se apruebe su desarrollo reglamentario.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2022/09/05/16#disposicion-transitoria-sexta