Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 26 sept 2022
En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Ministerio de Justicia aprobará el modelo de solicitud de declaración de concurso voluntario de acreedores, que será accesible por medios electrónicos sin coste alguno en la página web del Ministerio.
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