Art. 96
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 96

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En vigor desde 20 dic 2018
1. La iniciación e instrucción del procedimiento sancionador que prevé este capítulo corresponderá a la dirección general competente en materia de deporte. 2. La resolución del procedimiento sancionador corresponderá al Tribunal Administrativo del Deporte Aragonés.
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