Art. 42
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Federaciones deportivas aragonesas

Art. 42

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En vigor desde 20 dic 2018
Las federaciones deportivas aragonesas habrán de cumplir con las obligaciones que, en materia de transparencia, les resulten exigibles conforme a lo dispuesto en la normativa básica estatal y en la normativa aragonesa.
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