Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Infracciones y sanciones
Art. 114
114 / 146En vigor desde 20 dic 2018
1. Son causas modificativas de la responsabilidad en la disciplina deportiva las siguientes:
a) De atenuación: la provocación previa e inmediata suficiente y el arrepentimiento espontáneo.
b) De agravación: la reiteración de infracciones y, especialmente, la reincidencia.
2. Son causas de extinción de la responsabilidad las siguientes:
a) El fallecimiento de la persona física.
b) La disolución de la entidad deportiva.
c) El cumplimiento de las sanciones impuestas, su prescripción y la de las infracciones cometidas.
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Proeli/es-ar/l/2018/12/04/16#art-114