Art. 1
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 1

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En vigor desde 8 ago 2018
1. El objeto de esta ley es crear y regular la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears, que depende orgánicamente del Parlamento de las Illes Balears y ejerce sus funciones con plena independencia, sometida únicamente al ordenamiento jurídico. 2. La Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears se configura como una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus finalidades. Se modifica por la disposición final 4.1 de la Ley 7/2018, de 31 de julio. Ref. BOE-A-2018-13192#df-4

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eli/es-ib/l/2016/12/09/16#art-1