Art. 8
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 8

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En vigor desde 9 jul 2015
El miembro nacional de España en Eurojust, el miembro nacional suplente y los asistentes pasarán a la situación administrativa que les corresponda de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y quedarán bajo la dependencia orgánica del Ministerio de Justicia.
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