Art. 2
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 2

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En vigor desde 29 jun 2015
La presente ley será de aplicación a cualquier plan, programa, proyecto, obra, instalación y actividad, de titularidad pública o privada, que se desarrolle en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que puedan generar impactos en el medio ambiente y/o poner en riesgo la salud de las personas.
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eli/es-ex/l/2015/04/23/16#art-2