Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 24
24 / 46En vigor desde 12 dic 2014
La Generalidad debe emprender las acciones y medidas necesarias para garantizar el uso del catalán en las instituciones europeas y para alcanzar el reconocimiento de la oficialidad de la lengua catalana en la Unión Europea.
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Proeli/es-ct/l/2014/12/04/16#art-24