Art. 21
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 21

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En vigor desde 12 dic 2014
La Generalidad participa en la formación de la posición del Estado ante la Unión Europea, en especial ante el Consejo, en los asuntos relativos a las competencias de la Generalidad o a los intereses de Cataluña, en los términos que establecen el Estatuto y la legislación sobre esta materia.
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