Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
91 / 93En vigor desde 1 ene 2015
Esta Ley se dicta al amparo de las competencias del Estado en materia de legislación mercantil, bases de la ordenación del crédito, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica del artículo 149.1.6.ª, 11.ª y 13.ª, respectivamente, de la Constitución Española.
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Proeli/es/l/2014/09/30/16#disposicion-final-primera