Art. 3
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 3

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En vigor desde 7 jul 2012
1. En el ámbito de la Educación Secundaria y la Formación Profesional, la Administración educativa contribuirá a estimular el espíritu innovador y empresarial a través de su integración en el desarrollo curricular de la enseñanza no universitaria en función del correspondiente ciclo educativo y atendiendo a los siguientes objetivos: a) Fomentar e incorporar el concepto de ética empresarial en todas las ramas del saber. Esta perspectiva ética será una línea transversal del currículo, y estará basada, entre otros aspectos, en la vinculación al territorio, en la corresponsabilidad, en la importancia de la colaboración con el resto de los agentes y las agentes del territorio y en la enseñanza de los valores de la economía social y de la economía solidaria. Asimismo, se destacará la importancia del desarrollo y cumplimiento del código deontológico. b) Promover la educación en los valores de responsabilidad social que caracterizan el papel del empresario o empresaria en la creación de empleo y como motor de la actividad económica, así como en aquellos valores (esfuerzo, realización personal, liderazgo, gestión de equipos humanos, resolución de conflictos, aprendizaje, cooperación, capacidad de asumir riesgos, etcétera), que caracterizan la actividad emprendedora. c) Fortalecer los vínculos entre el mundo de la empresa y el sistema educativo a través de la cooperación con la comunidad empresarial para el desarrollo de la formación del espíritu empresarial a todos los niveles y la participación de empresarios y empresarias en las aulas para transmitir sus valores, experiencias e ilusión. d) Garantizar que la importancia del espíritu empresarial se refleje adecuadamente en el material didáctico y en la formación del profesorado. 2. En el ámbito específico de la Formación Profesional, la Administración educativa procederá a una adecuación constante de la oferta formativa a las necesidades de formación generales y específicas de las empresas y de los trabajadores y trabajadoras, tanto asalariados como autónomos; fomentará e impulsará el papel de la formación profesional en los campos de la innovación y la iniciativa emprendedora, y, junto con la Administración laboral, promoverá la colaboración con las empresas de los diferentes sectores productivos para potenciar la innovación, la transferencia de conocimiento y la especialización en materia de formación profesional.
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