Art. 14
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 14

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En vigor desde 7 jul 2012
Con el fin de contribuir al desarrollo de un modelo económico de crecimiento sostenible, que posibilite seguir avanzando en términos de competitividad, productividad, solidaridad y equilibrio territorial, los programas y actuaciones de los poderes públicos destinados al fomento y apoyo a la actividad emprendedora se orientarán al cumplimiento de los siguientes objetivos básicos: a) La promoción de un marco económico que facilite la actividad emprendedora y en el que se recompense el espíritu emprendedor, facilitando la creación, desarrollo y sucesión de las actividades emprendedoras. b) La coordinación de las políticas, programas y actuaciones de apoyo a la actividad emprendedora de los poderes públicos, así como la colaboración y cooperación entre los agentes o las agentes del País Vasco que actúan en este ámbito. c) La extensión de la cultura y espíritu emprendedores, sin perjuicio del fomento de la responsabilidad social corporativa. d) La adecuada financiación de la actividad emprendedora, con especial atención a las empresas de pequeña y mediana dimensión, bien sea ofreciendo información, orientación, análisis y asesoramiento sobre las formas de financiación, incentivando actuaciones de refinanciación y reestructuración de deuda que permitan disfrutar de una estabilidad financiera en el medio plazo a las actividades emprendedoras, facilitando el acceso a diferentes formas de financiación (capital riesgo, microcréditos, mercado alternativo bursátil, etcétera), o procurando canalizar la financiación de inversoras e inversores privados a través de diferentes figuras («business angels», «venture capital», «crowdfunding», etcétera). e) La creación y desarrollo de nuevas iniciativas emprendedoras desde las propias empresas vascas, principalmente de carácter innovador, fomentando la cooperación interempresarial y promoviendo la cultura del intraemprendimiento. f) El desarrollo, con la colaboración de todas las administraciones públicas vascas, de un sistema integrado de información y orientación de la actividad emprendedora. g) El fomento de la mejora de la competitividad de las empresas y el crecimiento en segmentos de alto valor añadido a través de la innovación y el desarrollo tecnológico de la actividad emprendedora. h) La internacionalización de la actividad emprendedora, fomentando su acceso a los mercados exteriores e impulsando su proyección internacional a través de la implantación en el exterior o de la colaboración con empresas extranjeras.
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eli/es-pv/l/2012/06/28/16#art-14