Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 28 dic 2012
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Ley. 2. Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2013, quedan derogados los artículos 49 y 50.3 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio.
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