Art. Disposición adicional segunda
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 28 dic 2012
Las referencias al Impuesto sobre el Valor Añadido en el artículo 108 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, han de entenderse hechas, en sus mismos términos, al Impuesto General Indirecto Canario.
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