Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 20 ene 2012
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, la Consejería competente en materia de salud definirá y elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación la cartera de servicios de salud pública.
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