Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Derechos
Art. 17
17 / 125En vigor desde 20 ene 2012
La población en Andalucía tendrá derecho al respeto de su dignidad e intimidad personal y familiar en relación con su participación en actuaciones de salud pública.
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Proeli/es-an/l/2011/12/23/16#art-17