Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 23
23 / 76En vigor desde 1 ene 2023
1. La Agencia de Salud Pública de las Illes Balears cuenta con un presupuesto integrado en el presupuesto de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, en la forma prevista en el artículo 40.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
2. El régimen presupuestario, económico, financiero, de contabilidad, intervención y control financiero aplicable a la Agencia de Salud Pública de las Illes Balears es el establecido a la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears y la normativa que lo desarrolle.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 9 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-2980 Se añade por la disposición final 1.1 de la Ley 2/2021, de 8 de noviembre. Ref. BOE-A-2021-19806 Se deroga por la disposición derogatoria única.i) de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-2272 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2010/12/28/16#art-23