Título TÍTULO XI
Art. Disposición transitoria quinta
133 / 140En vigor desde 21 mar 2011
Hasta que se proceda a la aprobación del desarrollo reglamentario de la presente ley, serán de aplicación las normas actualmente vigentes dictadas en desarrollo de la Ley 18/1988, de 18 de diciembre, de Acción Social y Servicios Sociales, en lo que no sean contrarias a lo dispuesto en la presente ley y en tanto no sean sustituidas o derogadas.
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Proeli/es-cl/l/2010/12/20/16#disposicion-transitoria-quinta