Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Aspectos generales
Art. 101
103 / 149En vigor desde 1 ene 2011
1. La iniciativa para la creación de las entidades reguladas en este capítulo corresponde a la persona titular de la consejería competente por razón de la materia o al órgano de la Presidencia competente por razón de la materia.
2. La iniciativa de realizar alguna actuación cuyo resultado sea la conversión en una entidad regulada en este capítulo de una entidad previamente existente en el sector privado también corresponde a la persona titular de la consejería competente por razón de la materia o al órgano de la Presidencia competente por razón de la materia.
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Proeli/es-ga/l/2010/12/17/16#art-101