Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 65En vigor desde 2 ene 2008
1. La presente Ley tiene por objeto establecer el marco general para la regulación de las actividades de ciencia y tecnología y su traslación a innovación en Andalucía.
2. El ámbito de aplicación de esta Ley es el correspondiente al ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación, así como el referido a las estructuras y recursos del Sistema Andaluz del Conocimiento. 3. La Administración de la Junta de Andalucía promoverá un entorno favorable para la generación, desarrollo y aprovechamiento compartido del conocimiento en el marco del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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Proeli/es-an/l/2007/12/03/16#art-1