Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 2.ª Promoción, tramitación y aprobación del planeamiento de desarrollo
Art. 87
87 / 291En vigor desde 1 feb 2006
Los planes de desarrollo del Plan General y sus modificaciones pueden ser promovidos por los Municipios, los particulares y las Administraciones no municipales en el ejercicio de sus competencias sectoriales.
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Proeli/es-vc/l/2005/12/30/16#art-87