Art. 24
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Derechos y deberes de los propietarios de suelo

Art. 24

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En vigor desde 1 feb 2006
Los propietarios de suelo no urbanizable tendrán los derechos y deberes que se regulan en su legislación específica, estatal y autonómica.
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eli/es-vc/l/2005/12/30/16#art-24