Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Principios generales
Art. 18
18 / 291En vigor desde 1 feb 2006
La propiedad del suelo confiere a su titular los derechos y deberes establecidos en la legislación estatal, así como los derivados de la presente Ley y, en su virtud, de la ordenación y programación urbanística, en cuyos términos se han de cumplir o ejercer.
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Proeli/es-vc/l/2005/12/30/16#art-18