Art. 156
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 156

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En vigor desde 1 feb 2006
1. Los proyectos de urbanización comprenderán los siguientes documentos: a) Memoria descriptiva de las características de las obras. b) Planos de información y de situación en relación con el conjunto urbano. c) Planos de proyecto y de detalle. d) Pliego de condiciones técnicas. e) Mediciones. f) Cuadros de precios descompuestos. g) Presupuesto de ejecución material con detalle de las unidades de obra. 2. A los efectos de esta Ley, los anteproyectos de urbanización comprenderán la documentación indicada en los anteriores apartados a) al e).
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eli/es-vc/l/2005/12/30/16#art-156