Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 1
1 / 21En vigor desde 1 ene 2006
1. El impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente es un tributo propio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que grava la contaminación y los riesgos que sobre el medio ambiente ocasiona la realización de determinadas actividades, con el fin de contribuir a compensar a la sociedad el coste que soporta y a frenar el deterioro del entorno natural.
2. El rendimiento derivado de este impuesto queda afectado en su totalidad a gastos de conservación y mejora del medio ambiente en la forma que establezca la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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Proeli/es-cm/l/2005/12/29/16#art-1