Capítulo CAPÍTULO XI
Art. 77
84 / 105En vigor desde 30 may 2003
El Ministerio de Sanidad y Consumo presentará en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el plan anual de actividades de la Alta Inspección, que incluirá programas reglados de inspección, aplicando técnicas de auditoría eficaces y colaborando con los servicios de inspección de las comunidades autónomas.
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Proeli/es/l/2003/05/28/16#art-77