Art. 22
Título TÍTULO II

Art. 22

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En vigor desde 9 jul 2002
Se crea el Consejo de la Educación Permanente de Aragón como órgano consultivo de la Comunidad Autónoma de Aragón, con el fin de planificar, evaluar y coordinar todos los objetivos, áreas de actuación y programas de Educación Permanente, así como de garantizar el adecuado asesoramiento y la participación en esta materia.
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eli/es-ar/l/2002/06/28/16#art-22