Art. 5
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

5 / 72
En vigor desde 27 dic 2009
Los poderes públicos promoverán actuaciones tendentes a conseguir el desarrollo armónico y la modernización de la actividad comercial y las estructuras comerciales con sometimiento a los siguientes principios generales: a) Respeto de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios. b) Libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. c) La libre circulación de mercancías dentro del territorio español y comunitario. d) La libertad empresarial para la instalación de establecimientos comerciales. e) La adecuación del equipamiento comercial al territorio de Castilla y León, basada fundamentalmente en la búsqueda del equilibrio de todos los valores afectados por su implantación y la sostenibilidad del desarrollo urbano y rural. f) Promoción del desarrollo económico y la modernización de la actividad comercial con el objetivo final de incrementar la capacidad de competencia de las empresas y garantizar una ocupación laboral estable en el sector. g) Fomento del asociacionismo como fórmula vertebradora del desarrollo armónico y modernizador del tejido comercial. h) Promoción de la igualdad de oportunidades y la formación técnica y profesional de los comerciantes y trabajadores del sector comercial. i) Libre y leal competencia, impidiendo prácticas restrictivas de la competencia y actos de competencia desleal en el proceso normal de distribución de bienes y productos o de la prestación de servicios. j) Desarrollo de políticas tendentes a la protección de las pequeñas y medianas empresas del sector. Se modifica la letra e) por el .2 del Decreto-ley 3/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOCL-h-2009-90251 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2002/12/19/16#art-5