Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 20
20 / 27En vigor desde 1 ene 2001
El régimen de infracciones y sanciones en materia del impuesto sobre grandes establecimientos comerciales es el vigente para los tributos propios de la Generalidad.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2000/12/29/16#art-20