Art. Disposición transitoria cuarta
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 30 may 1995
En tanto no se aprueben las Instrucciones Generales para la redacción de Proyectos de Ordenación de Montes y Planes Técnicos, se considerarán vigentes las aprobaciones por Ordenes del Ministerio de Agricultura de 29 de diciembre de 1970 y de 29 de julio de 1971.
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