Art. 73
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. 73

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En vigor desde 30 may 1995
1. Los terrenos afectados por una declaración de Zona de Actuación Urgente volverán a su estado legal anterior una vez realizados los trabajos propuestos.
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eli/es-md/l/1995/05/04/16#art-73