Título TÍTULO 4
Art. Disposición adicional tercera
28 / 36En vigor desde 23 ago 1990
Las relaciones de carácter político y administrativo entre el Consejo General y la Generalidad de Cataluña se ejercerán a través de la Dirección General de Asuntos Interdepartamentales del Departamento de Presidencia.
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Proeli/es-ct/l/1990/07/13/16#disposicion-adicional-tercera