Título TITULO IX
Art. Disposición transitoria octava
98 / 100En vigor desde 19 jul 1985
Los Parajes Pintorescos a que se refiere la disposición transitoria de la Ley 15/1975, de 2 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos, mientras no sean reclasificados conforme a su disposición final, conservarán la condición de Bienes de Interés Cultural.
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Proeli/es/l/1985/06/25/16#disposicion-transitoria-octava