Art. Disposición final cuarta

Art. Disposición final cuarta

5 / 10
En vigor desde 1 jun 1984
La presente Ley entrará en vigor el 1 de junio de 1984.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1984/05/29/16#disposicion-final-cuarta