Art. Disposición adicional séptima
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional séptima

106 / 115
En vigor desde 29 jun 2024
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, se aprobará el plan de normalización del uso del euskera en Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/2023/12/21/15#disposicion-adicional-septima