Art. 30
Título TÍTULO II

Art. 30

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En vigor desde 13 ene 2021
1. Es aplicable a las áreas de promoción económica urbana que se constituyen y desarrollan en polígonos de actividad económica, junto con lo que determina la presente ley, la regulación específica contenida en este título. 2. Las referencias que el título I hace a «local» se entenderán hechas a «nave» o «parcela sin construcción» en el caso de las áreas de promoción económica urbana que se constituyen y desarrollan en polígonos de actividad económica.
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eli/es-ct/l/2020/12/22/15#art-30